¿En qué consiste la iniciativa de ley que busca beneficiar con exoneración del IUSI a adultos mayores y jubilados?

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Una iniciativa de ley recibió dictamen favorable para exonerar del pago del Impuesto Único sobre Inmuebles (Iusi) a personas mayores de 70 años y jubilados. (Foto ¨Prensa Libre: Hemeroteca PL)

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¿En qué consiste la iniciativa de ley que busca beneficiar con exoneración del IUSI a adultos mayores y jubilados?

Una iniciativa de ley recibió dictamen favorable para exonerar del pago del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI) a personas mayores de 70 años y establece beneficios adicionales para adultos mayores como a los jubilados.​

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Urias Gamarro


27 de diciembre de 2025

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Una iniciativa de ley recibió dictamen favorable para exonerar del pago del Impuesto Único sobre Inmuebles (Iusi) a personas mayores de 70 años y jubilados. (Foto ¨Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Una iniciativa de ley recibió dictamen favorable para exonerar del pago del Impuesto Único sobre Inmuebles (Iusi) a personas mayores de 70 años y jubilados. (Foto ¨Prensa Libre: Hemeroteca PL)​


Se trata de la iniciativa 6586, que propone la Ley del IUSI Justo para la Vivienda Popular, y que comenzará su trámite de aprobación en el Pleno del Congreso de la República en el 2026.

La propuesta plantea reformas al Decreto 15-98, Ley del IUSI, y obtuvo dictamen favorable en noviembre del 2025 por parte de los diputados que integran la Comisión de Previsión Social y Seguridad Social.

El IUSI es un tributo aplicado a la propiedad de bienes inmuebles como casas, apartamentos, terrenos y otras construcciones.

Por ley, solo el Congreso de la República tiene la facultad de crear, modificar o eliminar impuestos.

Iusi se vuelve carga para personas de la tercera edad​


El diputado Cristian Rodolfo Álvarez y Álvarez, presidente de la Comisión de Previsión Social y Seguridad Social, declaró que este año se conoció la iniciativa debido a que muchas personas, en su vejez, terminan viviendo en una casa propia o alquilada, o bien, conviven en una habitación y arriendan el resto del espacio para sobrevivir. Por ello, consideró que el Iusi se ha convertido en un impuesto injusto.

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El congresista ejemplificó que los adultos mayores que habitan en sus viviendas deben destinar dos o tres meses de ingresos para cumplir con ese tributo.

En el análisis del dictamen, la comisión expone que el Decreto 15-98, Ley del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI), vigente desde hace casi tres décadas, regula el pago de un tributo sobre la propiedad o posesión de bienes inmuebles. No obstante, su estructura se basa en valores registrales fijados en 1998, los cuales no reflejan las condiciones económicas y sociales actuales ni el valor real de los inmuebles, que hoy en su mayoría son adquiridos mediante créditos hipotecarios a largo plazo.

Esa desactualización ha generado una carga impositiva excesiva que afecta a las familias guatemaltecas. Asimismo, la aplicación de las tarifas vigentes repercute de forma desproporcionada en personas jubiladas y de la tercera edad, muchas de las cuales dependen de ingresos limitados o pensiones insuficientes, viéndose obligadas a destinar parte de sus recursos esenciales al pago del impuesto, se indica en el documento.

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El pleno del Congreso podría conocer la iniciativa de Ley que propone la Ley del IUSI Justo para la Vivienda Popular, durante el primer semestre del p´róximo año. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Nuevas exenciones del Iusi para adultos mayores​


El legislador indicó que, en el dictamen de la iniciativa, el primer punto es la modificación de las escalas de tasas aplicadas al valor del IUSI. Se establecieron los siguientes rangos: hasta Q50 mil, la persona de la tercera edad quedará exenta; de Q50 mil a Q750 mil, se aplicará una tasa de dos por millar; de Q750 mil a Q2 millones, 2.5 por millar; y de Q2 millones en adelante, tres por millar.


Según Álvarez y Álvarez, con esta propuesta se estarían reduciendo las tasas actuales.

El segundo punto de la reforma establece que, si una persona ha pagado el IUSI durante 20 años y cumple 60 años, quedará exenta del tributo, siempre que la propiedad sea única y de uso habitacional. En caso de poseer otras propiedades, deberá seguir pagando el impuesto por ellas, dado que se consideran con fines comerciales.

Álvarez explicó: “Si usted ya pagó 20 años de IUSI —digamos que compró su casa a los 30, y a los 50 ya lo pagó— ya no aportará IUSI sobre esa propiedad, siempre que sea su única propiedad. Si tiene otra más, por esa se tendrás que pagar, porque ya es negocio. Pero en la que se habita, esa ya no paga Iusi”.

“Muchas personas, en su vejez, terminan viviendo en una casa propia o alquilada, o bien, conviven en una habitación y arriendan el resto del espacio para sobrevivir”

Cristian Rodolfo Álvarez y Álvarez, diputado​


El tercer planteamiento establece que una persona que adquirió una unidad habitacional a los 50 años, y ha pagado el impuesto de forma continua durante 15 años, también quedará exonerada si supera los 60 años.

“La lógica del Iusi es que la municipalidad viene, construye una carretera, hace un proyecto de agua, y aumenta el valor de su propiedad. Pero eso lo hace una vez cada 30 años. Entonces, si la persona ya pagó por las mejoras municipales durante 15 o 20 años…”, remarcó el diputado.

Mayor de 70 años quedará exento del Iusi si cumple requisitos​


La iniciativa aplicará únicamente a personas mayores que tengan los registros del inmueble a su nombre, y no a sociedades anónimas.

La propuesta establece que las personas mayores de 70 años quedarán exoneradas del pago del tributo de forma automática. Sin embargo, al fallecer el propietario, y una vez realizada la transferencia del bien, se deberá reiniciar el proceso de pago, explicó el diputado.

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El dictamen de ley contempla un procedimiento para aplicar la exoneración del impuesto, que incluye la presentación de copia del Documento Personal de Identificación (DPI) y la acreditación de la edad del solicitante; una certificación registral vigente que demuestre la titularidad del inmueble ante el Registro General de la Propiedad; una declaración jurada en la que conste que el bien está destinado a vivienda, y constancia de haber pagado el Iusi por al menos 15 años consecutivos sobre la misma propiedad.

Ley podría avanzar en el primer semestre del 2026​


Sobre el curso de la iniciativa para convertirse en ley, el diputado Cristian Rodolfo Álvarez y Álvarez afirmó que, en el primer semestre del 2026, se avanzará con la primera y segunda lectura, y se buscará influir en la Junta Directiva del Congreso de la República para que la propuesta sea agendada entre enero y febrero próximos.

Agregó que también se procurará el consenso necesario para una tercera lectura, la cual requiere mayoría calificada, es decir, 81 votos para su aprobación.

Álvarez recordó que, en el área metropolitana, las municipalidades de Guatemala, Santa Catarina Pinula, San José Pinula y Mixco reciben una recaudación significativa del Iusi cada año.

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